CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y FABRICACIÓN

El fabricante, LTP (La Tôlerie Plastique), dispone de los medios para fabricar productos en plástico sin moldes, a diseñar según las especificaciones validadas por el Cliente.

El fabricante, LTP (La Tôlerie Plastique), dispone de los medios para fabricar productos plásticos sin moldes, a diseñar según las especificaciones validadas por el Cliente.

Estos productos, denominados en lo sucesivo «Productos contractuales», están destinados a ser integrados en equipos y sistemas.

LTP tiene la intención de transferir al Cliente la propiedad de los productos diseñados y fabricados por encargo.

Antes de la aceptación de las presentes condiciones generales, el Cliente ha expresado una necesidad en base a la cual LTP ha enviado un presupuesto.

ARTÍCULO 1 – OBJETO DE LAS CONDICIONES GENERALES

Las presentes condiciones generales tienen por objeto regular la relación contractual entre LTP y el Cliente.

El hecho de que el Cliente valide el presupuesto enviado por LTP implica la aceptación de las presentes condiciones generales.

ARTÍCULO 2 – OBLIGACIONES DE LTP RELATIVAS A LOS PRODUCTOS CONTRACTUALES

LTP se compromete a entregar los Productos contractuales cuya lista y precios se mencionan en el presupuesto.

Se compromete a suministrar Productos conformes a las exigencias legales vigentes y a las exigencias contractuales.

Es responsable de la no conformidad de los Productos en las siguientes condiciones:

2.1 Tolerancias

Las tolerancias generales de LTP son las siguientes:

a) Tolerancias generales

Dimensional (montaje-plegado):
Dimensiones y tolerancias en mm
Dimensión 0 a 100 100 a 200 Dimensión superior a 200
Tolerancia ± 0,5 ± 0,7 JS16 Según NF EN ISO286
NF EN ISO286 (http://www.boutique.afnor.org)
Dimensiones - Taladros - Rebajes :
Dimensiones y tolerancias en mm
Tamaño 0 a 100 100 a 200 200 a 400 Tamaño superior a 200
Tolerancia ± 0,2 ± 0,3 ± 0.4 NFEN 22768
Para las dimensiones superiores a 400, las tolerancias son conformes a la clasificación "C" de la norma NF EN 22768 (http://www.boutique.afnor.org)

b) Adaptación de las dimensiones de fabricación a los procesos:

Con el fin de adaptar estas definiciones técnicas a sus procesos, la empresa LTP aplica en sus ficheros de fabricación cotas ampliadas en función de los tratamientos superficiales y de los procesos de mecanizado NC.

Las dimensiones de los orificios funcionales pueden aumentar de 0,2 a 0,3 mm.

c) Chaflanes :

Dimensiones y tolerancias en mm
Dimensión 0.5 a 1.5 1.5 a 3 3 a 6 Más de 6
Tolerancia ± 0,2 ± 0,4 ± 0.7 ± 1.4
Las tolerancias se incrementan en un 30% para espesores de material superiores a 6mm.

d) Requisitos específicos del cliente :

El cliente debe indicar a LTP cualquier requisito especial fuera de los límites indicados anteriormente.

e) Criterios de aspecto :

Método de inspección
Inspección visual a una distancia de 60 cm bajo luz natural
Descripción de los defectos aceptables
Tipo :
  • Arañazos
  • Partículas
  • Marcas
Tamaño :
  • Longitud ≤ 5 mm
  • Anchura ≤ 0,2 mm
  • Deformaciones entre ejes ≤ 0,2 mm
Partes :
  • Cara
  • Laterales
  • Fondo / Trasera
Nivel de exigencia :
  • Alto
  • Estándar
Guía de arbitraje
Superficie del producto en cuestión Caras
Nivel de exigencia Alto Estándar
Arbitraje No debe haber ningún defecto 1 defecto aceptado si no está en el borde de una parte funcional (por ejemplo, ventana, marca, teclado)
Parte del producto afectada Laterales
Nivel de exigencia Alto Estándar
Arbitraje 1 defecto aceptado 2 defectos aceptados si superan la mitad de la anchura de la superficie
Parte del producto afectada Parte trasera
Nivel de exigencia Alto Estándar
Arbitraje 3 defectos aceptados 5 defectos aceptados

Observaciones

Si no se especifica, LTP aplica el nivel de exigencia estándar. Los materiales no están sometidos a ningún tratamiento de superficie en particular y pueden presentar roturas de brillo, ligeros arañazos u otras imperfecciones.

f) Tolerancia cuantitativa

LTP se esfuerza por respetar las cantidades pedidas, pero dada la especificidad de su proceso, el cliente debe considerar una tolerancia de más o menos 5% sobre la cantidad solicitada.

Ejemplo: para una cantidad de 100 piezas pedidas, el cliente acepta que se le entreguen entre 95 y 105 piezas.

 

2.2 Ensamblajes

Los ensamblajes por encolado no pueden referirse a ningún criterio que no sea la resistencia razonable a las condiciones de uso.

2.3 Pintura

Los colores sólo son reproducibles por apreciación visual, lo que implica que el cliente acepta diferencias razonables en condiciones idénticas de soporte y luz.

La prueba de durabilidad se realiza con una rejilla de prueba de pintura (DIN EN ISO 2409-2) y un adhesivo 3M853 (DIN EN ISO 4624).

2.4 Impresión digital

La impresión serigráfica sólo puede juzgarse clara y legible a 60 cm, con visión normal o corregida.

La resistencia de la tinta se mide con un adhesivo 3M 853 (DIN EN ISO 4624).

Artículo 3 – Pedidos

El contrato se perfecciona en el momento en que LTP envía el acuse de recibo del pedido.
Dado que los pedidos son definitivos e irrevocables, cualquier solicitud de modificación formulada por el Cliente deberá someterse a la aceptación de LTP.

 

Los ensamblajes por encolado no podrán referirse a ningún criterio distinto de una resistencia razonable a las condiciones de uso.

Los colores sólo pueden reproducirse por apreciación visual, lo que implica que el Cliente acepta diferencias razonables en condiciones idénticas de soporte y luz.
La prueba de resistencia se realiza con una rejilla de prueba de pintura (DIN EN ISO 2409-2) y un adhesivo 3M853 (DIN EN ISO 4624).
La impresión serigráfica sólo puede juzgarse clara y legible a 60 cm, con visión normal o corregida. La durabilidad se mide utilizando un adhesivo 3M 853 (DIN EN ISO 4624).

ARTÍCULO 4 – PRECIOS Y PAGO

Los precios de los Productos Contractuales que figuran en el presupuesto son firmes y aplicables a los pedidos emitidos por el Cliente durante un período inicial de 30 días a partir de la validación del presupuesto.

LTP se reserva el derecho de rechazar cualquier pedido inferior a 250 euros sin IVA, excluidos los gastos de transporte.

Todos los pedidos estarán sujetos a una solicitud de aprobación por parte de la aseguradora de crédito de LTP; en caso de rechazo, se exigirá un depósito del 100% en el momento del pedido.

Para todos los primeros pedidos, deberá abonarse un depósito del 50% y el resto del precio deberá abonarse a la recepción de la factura.

Las operaciones de diseño y producción sólo se iniciarán tras la recepción de los depósitos exigidos. El depósito pagado se adquiere automáticamente y no puede reembolsarse.

Toda suma no abonada en la fecha de vencimiento estará sujeta, sin previo aviso, a intereses a un tipo igual al triple del tipo de interés legal.

Las penalizaciones por retraso en el pago son pagaderas sin necesidad de recordatorio. También se adeuda una indemnización fija de 40 euros en concepto de gastos de cobro.

Se recuerda que, en virtud de las disposiciones de los artículos L441-9 y L441-10 del Código de Comercio francés, el plazo de pago se cuenta a partir de la fecha de emisión de la factura.

Desde el punto de vista fiscal, estas penalizaciones por demora en el pago se imputan respectivamente, para la determinación de la base imponible del impuesto sobre la renta o del impuesto de sociedades, al ejercicio en el que se cobraron y pagaron (artículo 237 del Código General de Impuestos francés).

ARTÍCULO 5 – RESPONSABILIDAD

La sociedad LTP podrá ser considerada responsable en caso de daños materiales causados al Cliente por fallos que le sean imputables en la ejecución de su prestación.

LTP no podrá en ningún caso ser considerada responsable de los daños causados al beneficiario de los productos como consecuencia de una utilización no conforme a las prescripciones de LTP y a las reglas del comercio.

Las partes reconocen que los precios acordados en el Contrato reflejan la distribución de riesgos entre las partes y la consiguiente limitación de responsabilidad.

Cada una de las partes podrá ser considerada responsable en caso de daños sufridos por la otra parte, siempre que ésta pruebe que el incumplimiento por la otra parte de sus obligaciones contractuales es la causa directa de sus daños.

La responsabilidad de LTP se limita a la sustitución del Producto defectuoso.

Ninguna de las partes será responsable de los daños consecuentes sufridos por la otra parte en el sentido de los artículos 1231-4 y siguientes del Código Civil.

Esta cláusula sobrevivirá a la rescisión del presente Contrato, cualquiera que sea la causa.

ARTÍCULO 6 – ENTREGAS – RETRASOS EN LA ENTREGA

6.1. Entrega

Las fechas de entrega contractuales son las que figuran en las confirmaciones de pedido emitidas por LTP.

Cuando el comprador se encuentra en el extranjero, las entregas se realizan según el Incoterm 2010 mencionado en la confirmación de pedido.

Los gastos de transporte se especifican en el presupuesto y en la confirmación de pedido.

LTP no suscribirá ningún seguro que supere los que sus transportistas contratan normalmente sin el pedido formal del Cliente: en este caso, se suscribirá según los elementos transmitidos por el Cliente y a su cargo.

En todos los casos, incumbe al Cliente, en caso de avería, falta o retraso, formular reservas claras y precisas en el documento de recepción del transportista, y notificar al transportista por carta certificada con acuse de recibo, con copia a LTP, su protesta justificada en los tres días, no festivos, siguientes a la recepción de la mercancía. En este contexto, la cantidad y el estado de la mercancía serán comprobados por el Cliente o su representante. El Cliente reconocerá que las cantidades entregadas son correctas si corresponden a las cantidades pedidas con una tolerancia de más o menos 5%.

Cualquier reserva o litigio relativo a la conformidad de la mercancía deberá ser formulada por escrito por el Cliente en un plazo máximo de QUINCE días a partir de la recepción de la mercancía. Cualquier almacenamiento en una obra o en el lugar de venta corre por cuenta y riesgo del Cliente. Corresponde al Cliente justificar la realidad de los defectos o anomalías observados. El Cliente deberá conceder a la empresa LTP todas las facilidades para proceder a la observación de dichos defectos o anomalías.

6.2 Retrasos en la entrega

Si LTP no entrega uno o varias unidades de los Productos Contractuales según el calendario acordado, abonará al Cliente una indemnización por mes de retraso equivalente al 1% del precio aplicable de los ejemplares retrasados, sin que esta penalización por retraso pueda superar el 10% de dicho precio.

ARTÍCULO 7 – GARANTÍA CONTRACTUAL DE LTP EN CASO DE PRODUCTOS CONTRACTUALES DEFECTUOSOS

7.1 LTP garantiza al comprador la conformidad del Producto con el prototipo aceptado o con la última versión del Producto aceptada por el Cliente.


LTP no garantiza la conformidad del Producto con las normas a las que esté sujeto el Cliente, salvo que así se prevea expresamente en la confirmación del pedido.


7.2 En las condiciones del presente artículo, la garantía de LTP se limita a la reparación o sustitución de los Productos contractuales que presenten defectos.


7.3 La garantía del fabricante es de 12 meses a partir de la puesta en servicio de los Productos Contractuales en equipos o sistemas utilizados por el Cliente o uno de sus subcontratistas.

No obstante, esta garantía no se extenderá más allá de los 24 meses siguientes a la entrega al comprador en el sentido del artículo 6 anterior.

7.4 Esta garantía cubre los defectos resultantes de una mala calidad de las materias primas, de una mala fabricación o de un diseño defectuoso, distintos de los impuestos por el Comprador. Esta garantía no cubre el desgaste normal ni los defectos resultantes de un montaje y/o uso no conforme con las instrucciones del fabricante, ni la modificación de los productos sin el consentimiento de LTP.

ARTÍCULO 8 – GARANTÍA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

8.1  LTP garantiza al Cliente que, según su conocimiento, los Productos Contractuales entregados en virtud del presente contrato no infringen ningún derecho de propiedad intelectual de terceros.


8.2 En caso de reclamación por un tercero basada en una supuesta infracción de sus derechos por los Productos Contractuales, las partes se comprometen a informarse mutuamente lo antes posible. Se consultarán mutuamente sobre la mejor manera de defender sus derechos, entendiéndose que el Cliente compensará a LTP por los gastos en que incurra.

ARTÍCULO 9 – DERECHOS DE COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS CONTRACTUALES

LTP entregará exclusivamente los Productos Contractuales al Cliente, que los revenderá bajo su propia marca, integrados en los equipos y sistemas que comercialice; también podrá revenderlos como piezas de recambio para dichos equipos o sistemas.

ARTÍCULO 10 – ACUERDO ÍNTEGRO DE LAS PARTES

Las presentes condiciones constituyen el acuerdo total y completo de las partes. Sus disposiciones anulan y sustituyen cualquier disposición contenida en un documento relativo al objeto del contrato que haya sido redactado con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes condiciones.

ARTÍCULO 11 – REPRESIÓN DEL TRABAJO ILEGAL

La empresa LTP declara por su honor que cumple las obligaciones legales relativas al refuerzo de la lucha contra el trabajo no regulado.

A este respecto, se compromete a hacer ejecutar las prestaciones objeto del Contrato únicamente por personas regularmente empleadas, en particular en lo que se refiere a los artículos L. 3243-1 y siguientes y L. 1221-15 del Código de Trabajo francés.

El Cliente se abstiene expresamente de solicitar empleo o emplear directa o indirectamente a cualquier miembro del personal de LTP durante toda la duración de la ejecución de los Servicios y durante un período adicional de doce meses. El Cliente es responsable de la aplicación de esta prohibición a las demás empresas del Grupo al que pertenece.

Cualquier violación de esta cláusula de no repatriación dará lugar a que el Cliente esté obligado a pagar a LTP una indemnización equivalente a doce meses de salario bruto del empleado despedido.

ARTÍCULO 12 – RESERVA DE PROPIEDAD

Los Productos Contractuales seguirán siendo propiedad de LTP hasta el pago íntegro del precio en principal, gastos, intereses y accesorios por parte del cliente.

En cualquier caso, se presumirá que los bienes en stock del Cliente son los impagados.

En caso de reventa de la mercancía por el Cliente, tal cual o tras su transformación, el Cliente se compromete a transferir a LTP el precio pagado por los sub-compradores hasta el precio de la mercancía pendiente de pago. En caso de impago, LTP, sin perder ningún otro derecho, podrá exigir por carta certificada con acuse de recibo la devolución de la mercancía por cuenta y riesgo del cliente. El Cliente también correrá con los gastos legales y judiciales.

El Cliente deberá oponerse por todos los medios legales a las reclamaciones que terceros puedan tener sobre la mercancía vendida, por vía de embargo en particular, y notificarlo inmediatamente a la sociedad LTP por cualquier medio que le permita salvaguardar sus intereses.

Lo estipulado en la presente cláusula no impide la transferencia al Cliente de los riesgos por los daños causados o sufridos por la mercancía desde el momento de su entrega material.

El Cliente deberá asegurarse contra dichos riesgos.

ARTÍCULO 13 – RESCISIÓN ANTICIPADA Y DISPOSICIONES TERMINALES CORRESPONDIENTES

El presente artículo se aplicará a la resolución anticipada solicitada por una de las partes -en adelante, la parte resolutora- por haber incumplido la otra parte alguna de las obligaciones que le incumben en virtud del presente contrato.

El presente artículo se entiende sin perjuicio de los derechos legales de cualquiera de las partes.

El presente Acuerdo podrá ser rescindido por la parte que lo rescinda tras un preaviso de 30 días en el que se especifique el supuesto incumplimiento y la intención de rescindirlo en virtud del presente artículo 12.

Si la parte que rescinde el Contrato es el Cliente, LTP le devolverá todos los documentos técnicos relativos a los Productos Contractuales y pertenecientes al Cliente que obren en su poder en la fecha de rescisión.

LTP también se compromete a no hacer ningún otro uso de las marcas del Cliente después de la fecha de rescisión.

ARTÍCULO 14 – CONFIDENCIALIDAD

Cada una de las partes se compromete a tomar las medidas necesarias, en particular con respecto a su personal, para garantizar la confidencialidad de la información de cualquier tipo que le sea comunicada como tal por la otra parte durante la ejecución del presente contrato.

Estas obligaciones no se aplicarán a la información que sea o vaya a ser de dominio público o que, en la fecha de su comunicación, esté en posesión legítima de la parte que la recibe, siempre que la parte que alegue esta estipulación pueda aportar las pruebas pertinentes.

Estas obligaciones tendrán una duración de cinco años a partir de la extinción del contrato por cualquier causa.

ARTÍCULO 15 – SUBCONTRATACIÓN

La sociedad LTP podrá confiar a un tercero la ejecución de la totalidad o de una parte de las prestaciones que se le encomienden.

ARTÍCULO 16 – TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Esta cláusula establece el marco y la adquisición para el uso de datos personales entre las partes en su respectiva calidad de responsables del tratamiento. Las partes reconocen haber leído y aceptado las siguientes disposiciones.
16.1 Adquisición de datos de carácter personal.

De conformidad con la legislación y la normativa vigentes en materia de protección de datos de carácter personal, los siguientes datos relativos a cada una de las partes podrán ser recabados obligatoriamente por la otra parte: apellidos, nombre, razón social, dirección, código de identificación contable, teléfono, fax, dirección de correo electrónico, número SIREN, actividad, elementos necesarios para la facturación y el pago.

Se conservarán durante toda la duración del contrato y, a continuación, se archivarán a efectos de prueba legal (hasta diez años para los documentos contables y, en su caso, durante toda la duración de los posibles litigios y hasta que se hayan agotado todas las vías de recurso)


16.2 Utilización de datos personales

La sociedad LTP está obligada a recabar del Cliente la información y los datos personales

necesarios para poder tramitar el pedido y establecer su factura.

16.3  Transmisión de datos personales

Los datos personales recogidos del Cliente podrán ser comunicados dentro de los límites de sus atribuciones a los servicios internos de la sociedad LTP y a sus subcontratistas.

Estos datos serán objeto de cualquier comunicación externa distinta de las previstas anteriormente para cumplir con las obligaciones legales y reglamentarias o a petición de una administración o de una autoridad judicial.


16.4 Derecho de acceso y rectificación

El Cliente tiene en todo momento derecho (de acceso, rectificación, supresión, oposición) a los datos personales que le conciernen ante la sociedad LTP, cuyos datos de contacto se mencionan en el presupuesto descriptivo.

Cada una de las partes tiene derecho a presentar una reclamación ante la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL).


16.5 Seguridad de los datos personales
Cada una de las partes garantizará medidas de seguridad óptimas contra la pérdida, el uso indebido y la alteración de la información que se le confíe o que recabe de la otra parte.

ARTÍCULO 17 – JURISDICCIÓN – RESOLUCIÓN DE LITIGIOS

El presente contrato está sujeto a la legislación francesa.

La Convención de Viena de 11 de abril de 1980 sobre la compraventa internacional de mercaderías no es aplicable.

En caso de litigio relativo a la validez, la interpretación, la ejecución o la no ejecución, la interrupción o la rescisión del presente contrato, incluso en caso de acción en garantía o de pluralidad de demandados, las partes se esforzarán por resolver su litigio de forma amistosa con la posible ayuda de sus respectivos asesores.

Si no lo consiguen, cualquier litigio derivado de la ejecución, interpretación o rescisión de los pedidos realizados en aplicación de las presentes condiciones generales de venta será competencia del Tribunal de Comercio de Le Havre (Francia), independientemente de las condiciones específicas y de las modalidades de pago aceptadas, incluso en caso de pluralidad de demandados, de demandas incidentales o de acciones en garantía.

ARTÍCULO 18 – NOTIFICACIONES Y ELECCIÓN DE DOMICILIO

Toda notificación efectuada en virtud del presente contrato se considerará válida si se realiza por escrito al representante legal de la empresa y si menciona la referencia del presupuesto.